A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Velasquez Hipia William·Demandado Distrito De Buenaventura
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre declaratoria de existencia de vinculación laboral propia de un trabajador oficial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Buenaventura, Valle del Cauca, y el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Buenaventura, Valle del Cauca, por una demanda ordinaria laboral contra el municipio de Buenaventura para que se declare que entre las partes existió una relación laboral propia de los trabajadores oficiales y se declare al ciudadano demandante como beneficiario de la pensión sanción de jubilación por haber sido despedido sin justa causa por parte del municipio.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones.
La Sala Plena advierte que, el demandante ejerció el cargo de maestro de obra, adscrito a la Secretaría de Obras Públicas del municipio de Buenaventura, que reconoció y liquidó a favor del demandante cesantías definitivas.
En el presente caso y en aplicación de la regla de decisión adoptada en los autos 445/24 y 479/25, el conocimiento del asunto le corresponde a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, porque el demandante tendría la calidad de trabajador oficial.
La Sala Plena analiza la naturaleza jurídica del vínculo del ciudadano con el municipio de Buenaventura y concluye, prima facie, que el demandante desempeñó funciones propias de un trabajador oficial, ya que no existe en el expediente elemento adicional que permita advertir al menos preliminarmente la existencia de una vinculación legal y reglamentaria que desvirtúe dicho vínculo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Buenaventura, Valle del Cauca, y el Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Buenaventura, Valle del Cauca, y DECLARAR que el Juzgado 001 Laboral del Circuito de Buenaventura es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por William Velásquez Ipia contra la Alcaldía Distrital de Buenaventura.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-7169 al Juzgado 001 Laboral del Circuito de Buenaventura para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 002 Administrativo Oral del Circuito de Buenaventura y a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.